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ARTICULO 805.-Concepto. Obligación divisible es la que tiene por objeto prestaciones susceptibles de cumplimiento parcial. Art.805 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.805

Ver articulos:
Art. 802 [Extinción de la obligación principal]
Art. 803 [Obligación no exigible]
Art. 804 [Sanciones conminatorias]
Art. 805 [Concepto]
Art. 806 [Requisitos]
Art. 807 [Deudor y acreedor singulares]
Art. 808 [Principio de división]



El articulo-805, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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