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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 2
- Acciones y garantía común de los acreedores
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SECCION 1ª
Acción directa
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ARTICULO 738.-Efectos. La acción directa produce los siguientes efectos:
a) la notificación de la demanda causa el embargo del crédito a favor del demandante;
b) el reclamo sólo puede prosperar hasta el monto menor de las dos obligaciones;
c) el tercero demandado puede oponer al progreso de la acción todas las defensas que tenga contra su propio acreedor y contra el demandante;
d) el monto percibido por el actor ingresa directamente a su patrimonio;
e) el deudor se libera frente a su acreedor en la medida en que corresponda en función del pago efectuado por el demandado.
Art.738 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.738
Ver articulos:
Art. 735 [Reconocimiento causal]
Art. 736 [Acción directa]
Art. 737 [Requisitos de ejercicio]
Art. 738 [Efectos]
Art. 739 [Acción subrogatoria]
Art. 740 [Citación del deudor]
Art. 741 [Derechos excluidos]
El articulo-738, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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