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 LIBRO SEXTO
- DISPOSICIONES COMUNES
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 TITULO I
- Prescripción y caducidad
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 CAPITULO 2
 - Prescripción liberatoria
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 SECCION 1ª
 Comienzo del cómputo
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  ARTICULO 2559.-Créditos sujetos a plazo indeterminado. Si el crédito está sujeto a plazo indeterminado, se considera exigible a partir de su determinación.
El plazo de prescripción para deducir la acción para la fijación judicial del plazo se computa desde la celebración del acto. Si prescribe esta acción, también prescribe la de cumplimiento.
   Art.2559 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.2559   
 
Ver articulos: 
  Art. 2556 [Prestaciones periódicas] 
  Art. 2557 [Prestaciones a intermediarios] 
  Art. 2558 [Honorarios por servicios prestados en procedimientos] 
 Art. 2559 [Créditos sujetos a plazo indeterminado] 
  Art. 2560 [Plazo genérico] 
  Art. 2561 [Plazos especiales] 
  Art. 2562 [Plazo de prescripción de dos años] 
El articulo-2559, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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