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LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO VI
- Conjuntos inmobiliarios
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CAPITULO 3
- Cementerios privados
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ARTICULO 2109.-Dirección y administración. La dirección y administración del cementerio está a cargo del administrador, quien debe asegurar el correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios comunes que permita el ejercicio de los derechos de sepultura, de acuerdo a las condiciones pactadas y reglamentadas.
Art.2109 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2109
Ver articulos:
Art. 2106 [Registros de inhumaciones y sepulturas]
Art. 2107 [Facultades del titular del derecho de sepultura]
Art. 2108 [Deberes del titular del derecho de sepultura]
Art. 2109 [Dirección y administración]
Art. 2110 [Inembargabilidad]
Art. 2111 [Relación de consumo]
Art. 2112 [Derecho real de sepultura]
El articulo-2109, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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