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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO V
- Otras fuentes de las obligaciones
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CAPITULO 2
- Gestión de negocios
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ARTICULO 1788.-Responsabilidad solidaria. Son solidariamente responsables:
a) los gestores que asumen conjuntamente el negocio ajeno;
b) los varios dueños del negocio, frente al gestor.
Art.1788 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1788
Ver articulos:
Art. 1785 [Gestión conducida útilmente]
Art. 1786 [Responsabilidad del gestor por culpa]
Art. 1787 [Responsabilidad del gestor por caso fortuito]
Art. 1788 [Responsabilidad solidaria]
Art. 1789 [Ratificación]
Art. 1790 [Aplicación de normas del mandato]
Art. 1791 [Caracterización]
El articulo-1788, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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