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 LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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 TITULO V
- Otras fuentes de las obligaciones
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 CAPITULO 1
 - Responsabilidad civil
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 SECCION 4ª
 Daño resarcible
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  ARTICULO 1748.-Curso de los intereses. El curso de los intereses comienza desde que se produce cada perjuicio.
   Art.1748 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.1748   
 
Ver articulos: 
  Art. 1745 [Indemnización por fallecimiento] 
  Art. 1746 [Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica] 
  Art. 1747 [Acumulabilidad del daño moratorio] 
 Art. 1748 [Curso de los intereses] 
  Art. 1749 [Sujetos responsables] 
  Art. 1750 [Daños causados por actos involuntarios] 
  Art. 1751 [Pluralidad de responsables] 
El articulo-1748, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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