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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 22
- Donación
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SECCION 3ª
Algunas donaciones en particular
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ARTICULO 1564.-Alcance de la onerosidad. Las donaciones remuneratorias o con cargo se consideran como actos a título oneroso en la medida en que se limiten a una equitativa retribución de los servicios recibidos o en que exista equivalencia de valores entre la cosa donada y los cargos impuestos. Por el excedente se les aplican las normas de las donaciones.
Art.1564 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1564
Ver articulos:
Art. 1561 [Donaciones remuneratorias]
Art. 1562 [Donaciones con cargos]
Art. 1563 [Responsabilidad del donatario por los cargos]
Art. 1564 [Alcance de la onerosidad]
Art. 1565 [Donaciones inoficiosas]
Art. 1566 [Pacto de reversión]
Art. 1567 [Efectos]
El articulo-1564, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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