menu

Inicio >> Art.1564 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

TITULO IV - Contratos en particular >>

CAPITULO 22 - Donación >

SECCION 3ª Algunas donaciones en particular >>

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 1564.-Alcance de la onerosidad. Las donaciones remuneratorias o con cargo se consideran como actos a título oneroso en la medida en que se limiten a una equitativa retribución de los servicios recibidos o en que exista equivalencia de valores entre la cosa donada y los cargos impuestos. Por el excedente se les aplican las normas de las donaciones. Art.1564 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1564

Ver articulos:
Art. 1561 [Donaciones remuneratorias]
Art. 1562 [Donaciones con cargos]
Art. 1563 [Responsabilidad del donatario por los cargos]
Art. 1564 [Alcance de la onerosidad]
Art. 1565 [Donaciones inoficiosas]
Art. 1566 [Pacto de reversión]
Art. 1567 [Efectos]



El articulo-1564, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 3 (5 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario