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ARTICULO 1544.-Actos mixtos. Los actos mixtos, en parte onerosos y en parte gratuitos, se rigen en cuanto a su forma por las disposiciones de este Capítulo; en cuanto a su contenido, por éstas en la parte gratuita y por las correspondientes a la naturaleza aparente del acto en la parte onerosa. Art.1544 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1544

Ver articulos:
Art. 1541 [Extinción del comodato]
Art. 1542 [Concepto]
Art. 1543 [Aplicación subsidiaria]
Art. 1544 [Actos mixtos]
Art. 1545 [Aceptación]
Art. 1546 [Donación bajo condición]
Art. 1547 [Oferta conjunta]



El articulo-1544, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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