Inicio   >>     Art.1524 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ...  
 LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
   >>  
 TITULO IV
- Contratos en particular
   >>  
 CAPITULO 19
 - Franquicia
 >   
  << Art Anterior   ||    Art Siguiente >>   
 
  ARTICULO 1524.-Casos comprendidos. Las disposiciones de este Capítulo se aplican, en cuanto sean compatibles, a las franquicias industriales y a las relaciones entre franquiciante y franquiciado principal y entre éste y cada uno de sus subfranquiciados.
   Art.1524 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.1524   
 
Ver articulos: 
  Art. 1521 [Responsabilidad por defectos en el sistema] 
  Art. 1522 [Extinción del contrato] 
  Art. 1523 [Derecho de la competencia] 
 Art. 1524 [Casos comprendidos] 
  Art. 1525 [Concepto] 
  Art. 1526 [Obligación del mutuante] 
  Art. 1527 [Onerosidad] 
El articulo-1524, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores 
 
 
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado 
 
 
•  DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN. 
 
 
•   Divorcio express 
 
•  CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN. 
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario