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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 16
- Contratos asociativos
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SECCION 3ª
Agrupaciones de colaboración
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ARTICULO 1453.-Definición. Hay contrato de agrupación de colaboración cuando las partes establecen una organización común con la finalidad de facilitar o desarrollar determinadas fases de la actividad de sus miembros o de perfeccionar o incrementar el resultado de tales actividades.
Art.1453 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1453
Ver articulos:
Art. 1450 [Partícipe]
Art. 1451 [Derechos de información y rendición de cuentas]
Art. 1452 [Limitación de las pérdidas]
Art. 1453 [Definición]
Art. 1454 [Ausencia de finalidad lucrativa]
Art. 1455 [Contrato]
Art. 1456 [Resoluciones]
El articulo-1453, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
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• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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