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LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

TITULO IV - Contratos en particular >>

CAPITULO 16 - Contratos asociativos >

SECCION 2ª Negocio en participación >>

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ARTICULO 1448.-Definición. El negocio en participación tiene por objeto la realización de una o más operaciones determinadas a cumplirse mediante aportaciones comunes y a nombre personal del gestor. No tiene denominación, no está sometido a requisitos de forma, ni se inscribe en el Registro Público. Art.1448 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1448

Ver articulos:
Art. 1445 [Actuación en nombre común o de las partes]
Art. 1446 [Libertad de contenidos]
Art. 1447 [Efectos entre partes]
Art. 1448 [Definición]
Art. 1449 [Gestor]
Art. 1450 [Partícipe]
Art. 1451 [Derechos de información y rendición de cuentas]



El articulo-1448, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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