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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 11
- Depósito
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SECCION 3ª
Depósito necesario
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ARTICULO 1374.-Cláusulas que reducen la responsabilidad. Excepto lo dispuesto en los artículos 1372 y 1373, toda cláusula que excluya o limite la responsabilidad del hotelero se tiene por no escrita.
Art.1374 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1374
Ver articulos:
Art. 1371 [Eximentes de responsabilidad]
Art. 1372 [Cosas de valor]
Art. 1373 [Negativa a recibir]
Art. 1374 [Cláusulas que reducen la responsabilidad]
Art. 1375 [Establecimientos y locales asimilables]
Art. 1376 [Responsabilidad]
Art. 1377 [Deberes]
El articulo-1374, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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