Inicio >> Art.1195 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 4
- Locación
>
SECCION 2ª
Objeto y destino
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1195.-Habitación de personas incapaces o con capacidad restringida. Es nula la cláusula que impide el ingreso, o excluye del inmueble alquilado, cualquiera sea su destino, a una persona incapaz o con capacidad restringida que se encuentre bajo la guarda, asistencia o representación del locatario o sublocatario, aunque éste no habite el inmueble.
Art.1195 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1195
Ver articulos:
Art. 1192 [Cosas]
Art. 1193 [Contrato reglado por normas administrativas]
Art. 1194 [Destino de la cosa locada]
Art. 1195 [Habitación de personas incapaces o con capacidad restringida]
Art. 1196 [Locación habitacional]
Art. 1197 [Plazo máximo]
Art. 1198 [Plazo mínimo de la locación de inmueble]
El articulo-1195, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario