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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 1
- Compraventa
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SECCION 7ª
Algunas cláusulas que pueden ser agregadas al contrato de compraventa
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ARTICULO 1164.-Pacto de reventa. Pacto de reventa es aquel por el cual el comprador se reserva el derecho de devolver la cosa comprada. Ejercido el derecho, el vendedor debe restituir el precio, con el exceso o disminución convenidos.
Se aplican las reglas de la compraventa bajo condición resolutoria.
Art.1164 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1164
Ver articulos:
Art. 1161 [Cláusulas de difusión general en los usos internacionales]
Art. 1162 [Compraventa con cláusula pago contra documentos]
Art. 1163 [Pacto de retroventa]
Art. 1164 [Pacto de reventa]
Art. 1165 [Pacto de preferencia]
Art. 1166 [Pactos agregados a la compraventa de cosas registrables]
Art. 1167 [Plazos]
El articulo-1164, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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