menu

Inicio >> Art.1153 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

TITULO IV - Contratos en particular >>

CAPITULO 1 - Compraventa >

SECCION 6ª Compraventa de cosas muebles >>

Parágrafo 4° Recepción de la cosa y pago del precio >> << Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 1153.-Compraventa sobre muestras. Si la compraventa se hace sobre muestras, el comprador no puede rehusar la recepción si la cosa es de igual calidad que la muestra. Art.1153 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1153

Ver articulos:
Art. 1150 [Entrega anticipada de cosas no adecuadas al contrato]
Art. 1151 [Riesgos de daños o pérdida de las cosas]
Art. 1152 [Tiempo del pago]
Art. 1153 [Compraventa sobre muestras]
Art. 1154 [Compraventa de cosas que no están a la vista]
Art. 1155 [Cosas que se entregan en fardos o bajo cubierta]
Art. 1156 [Adecuación de las cosas muebles a lo convenido]



El articulo-1153, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 2 (3 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario