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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO III
- Contratos de consumo
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CAPITULO 3
- Modalidades especiales
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ARTICULO 1112.-Forma y plazo para notificar la revocación. La revocación debe ser notificada al proveedor por escrito o medios electrónicos o similares, o mediante la devolución de la cosa dentro del plazo de diez días computados conforme a lo previsto en el artículo 1110.
Art.1112 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1112
Ver articulos:
Art. 1109 [Lugar de cumplimiento]
Art. 1110 [Revocación]
Art. 1111 [Deber de informar el derecho a la revocación]
Art. 1112 [Forma y plazo para notificar la revocación]
Art. 1113 [Efectos del ejercicio del derecho de revocación]
Art. 1114 [Imposibilidad de devolución]
Art. 1115 [Gastos]
El articulo-1112, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
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