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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO III
- Contratos de consumo
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CAPITULO 1
- Relación de consumo
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ARTICULO 1093.-Contrato de consumo. Contrato de consumo es el celebrado entre un consumidor o usuario final con una persona humana o jurídica que actúe profesional u ocasionalmente o con una empresa productora de bienes o prestadora de servicios, pública o privada, que tenga por objeto la adquisición, uso o goce de los bienes o servicios por parte de los consumidores o usuarios, para su uso privado, familiar o social.
Art.1093 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1093
Ver articulos:
Art. 1090 [Frustración de la finalidad]
Art. 1091 [Imprevisión]
Art. 1092 [Relación de consumo]
Art. 1093 [Contrato de consumo]
Art. 1094 [Interpretación y prelación normativa]
Art. 1095 [Interpretación del contrato de consumo]
Art. 1096 [Ambito de aplicación]
El articulo-1093, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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