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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO II
- Contratos en general
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CAPITULO 9
- Efectos
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SECCION 1ª
Efecto relativo
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ARTICULO 1022.-Situación de los terceros. El contrato no hace surgir obligaciones a cargo de terceros, ni los terceros tienen derecho a invocarlo para hacer recaer sobre las partes obligaciones que éstas no han convenido, excepto disposición legal.
Art.1022 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1022
Ver articulos:
Art. 1019 [Medios de prueba]
Art. 1020 [Prueba de los contratos formales]
Art. 1021 [Regla general]
Art. 1022 [Situación de los terceros]
Art. 1023 [Parte del contrato]
Art. 1024 [Sucesores universales]
Art. 1025 [Contratación a nombre de tercero]
El articulo-1022, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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