Inicio >> Art.102 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO I
- Persona humana
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CAPITULO 10
- Representación y asistencia. Tutela y curatela
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SECCION 1ª
Representación y asistencia
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ARTICULO 102.-Asistencia. Las personas con capacidad restringida y las inhabilitadas son asistidas por los apoyos designados en la sentencia respectiva y en otras leyes especiales.
Art.102 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.102
Ver articulos:
Art. 99 [Determinación de la edad]
Art. 100 [Regla general]
Art. 101 [Enumeración]
Art. 102 [Asistencia]
Art. 103 [Actuación del Ministerio Público]
Art. 104 [Concepto y principios generales]
Art. 105 [Caracteres]
El articulo-102, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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