Inicio >> Art.703 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
>>
TITULO VII
- Responsabilidad parental
>>
CAPITULO 9
- Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 703.-Casos de privación o suspensión de ejercicio. Si uno de los progenitores es privado de la responsabilidad parental o suspendido en su ejercicio, el otro continúa ejerciéndola. En su defecto, se procede a iniciar los procesos correspondientes para la tutela o adopción, según la situación planteada, y siempre en beneficio e interés del niño o adolescente.
Art.703 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.703
Ver articulos:
Art. 700 [Privación]
Art. 701 [Rehabilitación]
Art. 702 [Suspensión del ejercicio]
Art. 703 [Casos de privación o suspensión de ejercicio]
Art. 704 [Subsistencia del deber alimentario]
Art. 705 [Ambito de aplicación]
Art. 706 [Principios generales de los procesos de familia]
El articulo-703, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario