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Inicio >> Art.633 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA >>

TITULO VI - Adopción >>

CAPITULO 5 - Tipos de adopción >

SECCION 4ª Adopción de integración >>

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ARTICULO 633.-Revocación. La adopción de integración es revocable por las mismas causales previstas para la adopción simple, se haya otorgado con carácter de plena o simple. Art.633 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.633

Ver articulos:
Art. 630 [Efectos entre el adoptado y su progenitor de origen]
Art. 631 [Efectos entre el adoptado y el adoptante]
Art. 632 [Reglas aplicables]
Art. 633 [Revocación]
Art. 634 [Nulidades absolutas]
Art. 635 [Nulidad relativa]
Art. 636 [Normas supletorias]



El articulo-633, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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