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LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
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TITULO VI
- Adopción
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CAPITULO 4
- Juicio de adopción
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ARTICULO 618.-Efecto temporal de la sentencia. La sentencia que otorga la adopción tiene efecto retroactivo a la fecha de la sentencia que otorga la guarda con fines de adopción, excepto cuando se trata de la adopción del hijo del cónyuge o conviviente, cuyos efectos se retrotraen a la fecha de promoción de la acción de adopción.
Art.618 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.618
Ver articulos:
Art. 615 [Competencia]
Art. 616 [Inicio del proceso de adopción]
Art. 617 [Reglas del procedimiento]
Art. 618 [Efecto temporal de la sentencia]
Art. 619 [Enumeración]
Art. 620 [Concepto]
Art. 621 [Facultades judiciales]
El articulo-618, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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