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Inicio >> Art.300 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO IV - Hechos y actos jurí­dicos >>

CAPITULO 5 - Actos jurí­dicos >

SECCION 5ª Escritura pública y acta >>

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ARTICULO 300.-Protocolo. El protocolo se forma con los folios habilitados para el uso de cada registro, numerados correlativamente en cada año calendario, y con los documentos que se incorporan por exigencia legal o a requerimiento de las partes del acto. Corresponde a la ley local reglamentar lo relativo a las características de los folios, su expedición, así como los demás recaudos relativos al protocolo, forma y modo de su colección en volúmenes o legajos, su conservación y archivo. Art.300 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.300

Ver articulos:
Art. 297 [ Incolumidad formal]
Art. 298 [Contradocumento]
Art. 299 [Escritura pública]
Art. 300 [Protocolo]
Art. 301 [Requisitos]
Art. 302 [Idioma]
Art. 303 [Abreviaturas y números]



El articulo-300, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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