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LIBRO QUINTO - TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE >>

TITULO XI - Sucesiones testamentarias >>

CAPITULO 6 - Revocación y caducidad de las disposiciones testamentarias >

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ARTICULO 2518.-Caducidad de la institución por premoriencia. La institución de heredero o legatario caduca cuando el instituido muere antes que el testador o antes del cumplimiento de la condición de la que depende la adquisición de la herencia o el legado. Art.2518 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2518

Ver articulos:
Art. 2515 [Cancelación o destrucción del testamento ológrafo]
Art. 2516 [Revocación del legado por transmisión, transformación o gravamen de la cosa]
Art. 2517 [Responsabilidad de los herederos]
Art. 2518 [Caducidad de la institución por premoriencia]
Art. 2519 [Caducidad del legado por perecimiento y por transformación de la cosa]
Art. 2520 [Revocación del legado por causa imputable al legatario]
Art. 2521 [Renuncia del legatario]



El articulo-2518, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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