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LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
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TITULO III
- Cesión de herencia
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ARTICULO 2308.-Indivisión postcomunitaria. Las disposiciones de este título se aplican a la cesión de los derechos que corresponden a un cónyuge en la indivisión postcomunitaria que acaece por muerte del otro cónyuge.
Art.2308 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2308
Ver articulos:
Art. 2305 [Garantía por evicción]
Art. 2306 [Efectos sobre la confusión]
Art. 2307 [Obligaciones del cesionario]
Art. 2308 [Indivisión postcomunitaria]
Art. 2309 [Cesión de bienes determinados]
Art. 2310 [Procedencia]
Art. 2311 [Imprescriptibilidad]
El articulo-2308, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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