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Inicio >> Art.226 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO III - Bienes >>

CAPITULO 1 - Bienes con relación a las personas y los derechos de incidencia colectiva >

SECCION 1ª Conceptos >>

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ARTICULO 226.-Inmuebles por accesión. Son inmuebles por accesión las cosas muebles que se encuentran inmovilizadas por su adhesión física al suelo, con carácter perdurable. En este caso, los muebles forman un todo con el inmueble y no pueden ser objeto de un derecho separado sin la voluntad del propietario. No se consideran inmuebles por accesión las cosas afectadas a la explotación del inmueble o a la actividad del propietario. Art.226 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.226

Ver articulos:
Art. 223 [Cambio de objeto, fusión y coordinación de actividades]
Art. 224 [Recursos]
Art. 225 [Inmuebles por su naturaleza]
Art. 226 [Inmuebles por accesión]
Art. 227 [Cosas muebles]
Art. 228 [Cosas divisibles]
Art. 229 [Cosas principales]



El articulo-226, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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