Codigo Aduanero >>
SECCION X
ESTIMULOS A LA EXPORTACION
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Capítulo Quinto
- Acción del Fisco para repetir importes pagados indebidamente en concepto de estímulos a la exportación
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ARTICULO 850 .- – La recepción de un importe por parte del Fisco en concepto de restitución de estímulos a la exportación abonados indebidamente por éste, sin formular reserva por los intereses o la actualización monetaria que pudiere corresponder, no extingue la obligación respecto de estos conceptos.
Ver articulos: 847 - 848 - 849 - 850 - 851 - 852 - 853 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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