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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.274

LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES >>

TITULO IV - CONTINGENCIAS GENERALES >>

CAPITULO IV - RECURSOS - >

SECCION 5° - PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN SEGUNDA INSTANCIA >


PROCESOS SUMARIOS

ARTICULO 274 .-Cuando el recurso se hubiese concedido respecto de sentencia definitiva dictada en proceso sumario, se aplicarán las reglas establecidas precedentemente, con excepción de lo dispuesto en el artí­culo 260, inciso 4.
Ver Comentario del Art.274

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Ver artículo de otro código: articulo 274 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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