Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.262
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
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TITULO IV - CONTINGENCIAS GENERALES
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CAPITULO IV - RECURSOS
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SECCION 5° - PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN SEGUNDA INSTANCIA
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PRUEBA Y ALEGATOS
ARTICULO 262 .-Las pruebas que deben producirse ante la cámara se regirán, en cuanto fuere compatible, por las disposiciones establecidas para la primera instancia.
Para alegar sobre su mérito, las partes no podrán retirar el expediente. El plazo para presentar el alegato será SEIS (6) días.
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Ver articulos del mismo código: 259 - 260 - 261 - 262 - 263 - 264 - 265 -
Ver artículo de otro código: articulo 262 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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