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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.719

LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>

SECCION PRIMERA - PARTE PRIMERA DE LAS OBLIGACIONES EN GENERALL >>

TITULO XV - Del reconocimiento de las obligaciones >>


ARTICULO 719 .- El acto del reconocimiento de las obligaciones está sujeto a todas las condiciones y formalidades de los actos jurídicos.
Ver Comentario de Velez del Art.719

Ver articulos: 716 - 717 - 718 - 719 - 720 - 721 - 722 -



El articulo-719, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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