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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.558

LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>

SECCION PRIMERA - PARTE PRIMERA DE LAS OBLIGACIONES EN GENERALL >>

TITULO V - De las obligaciones condicionales >>

CAPITULO IV - De los cargos impuestos para la adquisición o resolución de los derechos >


ARTICULO 558 .- Los cargos impuestos no impiden la adquisición del derecho, ni su ejercicio, si no fueren impuestos como condición suspensiva. En caso de duda se juzgará que no importan una condición.
Ver Comentario de Velez del Art.558

Ver articulos: 555 - 556 - 557 - 558 - 559 - 560 - 561 -



El articulo-558, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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