Codigo Civil   >>  Ver Comentario de Velez del Art.380   
 LIBRO PRIMERO 
- DE LAS PERSONAS 
   >>  
 SECCION SEGUNDA 
 DE LOS DERECHOS EN LAS RELACIONES DE FAMILIA 
 >>   
  TITULO VII
- De la tutela
   >>  
 CAPITULO I
 - De la tutela en general
 >   
  ARTICULO 380 .- El tutor es el representante legítimo del menor en todos los negocios civiles.
 Ver Comentario de Velez del Art.380  
Ver articulos:   377  -  378  -  379  - 380   -  381  -  382  -  383  -
El articulo-380, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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