Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3237
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO XV
- De la prenda
>>
ARTICULO 3237 .- Se extingue también, cuando por cualquier título la propiedad de la cosa empeñada pasa al acreedor.
Ver Comentario de Velez del Art.3237
Ver articulos: 3234 - 3235 - 3236 - 3237 - 3238 - 3239 - 3240 -
El articulo-3237, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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