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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2834

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO X - Del usufructo >>

CAPITULO I - De la capacidad para establecer el usufructo y de las cosas sobre que puede establecerse >


ARTICULO 2834 .- El objeto del usufructo puede ser de las mismas especies de que pueden ser los legados, excepto únicamente los que en este título se prohiben.
Ver Comentario de Velez del Art.2834

Ver articulos: 2831 - 2832 - 2833 - 2834 - 2835 - 2836 - 2837 -



El articulo-2834, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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