Codigo Civil   >>  Ver Comentario de Velez del Art.2798   
 LIBRO III 
- DE LOS DERECHOS REALES 
   >>  
  TITULO IX
- De las acciones reales
   >>  
 CAPITULO II
 - De la acción confesoria
 >   
  ARTICULO 2798 .- Le basta al actor probar su derecho de poseer el inmueble dominante, cuando el derecho impedido no fuese servidumbre; y su derecho de poseer el inmueble dominante y su servidumbre activa o su derecho de hipoteca, cuando fuese tal el derecho impedido.
 Ver Comentario de Velez del Art.2798  
Ver articulos:   2795  -  2796  -  2797  - 2798   -  2799  -  2800  -  2801  -
El articulo-2798, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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