Codigo Civil   >>  Ver Comentario de Velez del Art.2720   
 LIBRO III 
- DE LOS DERECHOS REALES 
   >>  
  TITULO VIII
- Del condominio
   >>  
 CAPITULO III
 - Del condominio de los muros, cercos y fosos
 >   
  ARTICULO 2720 .- Los instrumentos públicos o privados que se invoquen para combatir la medianería deben ser actos comunes a las dos partes o a sus autores.
 Ver Comentario de Velez del Art.2720  
Ver articulos:   2717  -  2718  -  2719  - 2720   -  2721  -  2722  -  2723  -
El articulo-2720, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
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