Codigo Civil   >>  Ver Comentario de Velez del Art.2723   
 LIBRO III 
- DE LOS DERECHOS REALES 
   >>  
  TITULO VIII
- Del condominio
   >>  
 CAPITULO III
 - Del condominio de los muros, cercos y fosos
 >   
  ARTICULO 2723 .- Cada uno de los condóminos de una pared puede libertarse de contribuir a los gastos de conservación de la pared, renunciando a la medianería, con tal que la pared no haga parte de un edificio que le pertenezca, o que la reparación o reconstrucción no haya llegado a ser necesaria por un hecho suyo.
 Ver Comentario de Velez del Art.2723  
Ver articulos:   2720  -  2721  -  2722  - 2723   -  2724  -  2725  -  2726  -
El articulo-2723, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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