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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2675

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO VIII - Del condominio >>


ARTICULO 2675 .- El condominio se constituye por contrato, por actos de última voluntad, o en los casos que la ley designa.
Ver Comentario de Velez del Art.2675

Ver articulos: 2672 - 2673 - 2674 - 2675 - 2676 - 2677 - 2678 -



El articulo-2675, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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