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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2350

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO I - De las cosas consideradas en sí­ mismas, o en relación a los derechos >>

CAPITULO UNICO - De las cosas consideradas con relación a las personas >


ARTICULO 2350 .- Las vertientes que nacen y mueren dentro de una misma heredad, pertenecen, en propiedad, uso y goce, al dueño de la heredad.
Ver Comentario de Velez del Art.2350

Ver articulos: 2347 - 2348 - 2349 - 2350 - 2351 - 2352 - 2353 -



El articulo-2350, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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