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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO II
- Contratos en general
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CAPITULO 3
- Formación del consentimiento
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SECCION 3ª
Tratativas contractuales
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ARTICULO 990.-Libertad de negociación. Las partes son libres para promover tratativas dirigidas a la formación del contrato, y para abandonarlas en cualquier momento.
Art.990 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.990
Ver articulos:
Art. 987 [Interpretación]
Art. 988 [Cláusulas abusivas]
Art. 989 [Control judicial de las cláusulas abusivas]
Art. 990 [Libertad de negociación]
Art. 991 [Deber de buena fe]
Art. 992 [Deber de confidencialidad]
Art. 993 [Cartas de intención]
El articulo-990, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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