Inicio >> Art.728 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO I
- Obligaciones en general
>>
CAPITULO 1
- Disposiciones generales
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 728.-Deber moral. Lo entregado en cumplimiento de deberes morales o de conciencia es irrepetible.
Art.728 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.728
Ver articulos:
Art. 725 [Requisitos]
Art. 726 [Causa]
Art. 727 [Prueba de la existencia de la obligación]
Art. 728 [Deber moral]
Art. 729 [Buena fe]
Art. 730 [Efectos con relación al acreedor]
Art. 731 [Efectos con relación al deudor]
El articulo-728, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario