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LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
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TITULO I
- Matrimonio
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CAPITULO 8
- Disolución del matrimonio
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SECCION 3ª
Efectos del divorcio
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ARTICULO 443.-Atribución del uso de la vivienda. Pautas. Uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar, sea el inmueble propio de cualquiera de los cónyuges o ganancial. El juez determina la procedencia, el plazo de duración y efectos del derecho sobre la base de las siguientes pautas, entre otras:
a) la persona a quien se atribuye el cuidado de los hijos;
b) la persona que está en situación económica más desventajosa para proveerse de una vivienda por sus propios medios;
c) el estado de salud y edad de los cónyuges;
d) los intereses de otras personas que integran el grupo familiar.
Art.443 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.443
Ver articulos:
Art. 440 [Eficacia y modificación del convenio regulador]
Art. 441 [Compensación económica]
Art. 442 [Fijación judicial de la compensación económica]
Art. 443 [Atribución del uso de la vivienda]
Art. 444 [Efectos de la atribución del uso de la vivienda familiar]
Art. 445 [Cese]
Art. 446 [Objeto]
El articulo-443, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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