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LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO IV
- Condominio
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CAPITULO 5
- Condominio con indivisión forzosa perdurable
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SECCION 2ª
Condominio sobre muros, cercos y fosos
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ARTICULO 2006.-Muro, cerco o foso. El muro, cerco o foso se denomina:
a) lindero, separativo o divisorio: al que demarca un inmueble y lo delimita del inmueble colindante;
b) encaballado: al lindero que se asienta parcialmente en cada uno de los inmuebles colindantes;
c) contiguo: al lindero que se asienta totalmente en uno de los inmuebles colindantes, de modo que el filo coincide con el límite separativo;
d) medianero: al lindero que es común y pertenece en condominio a ambos colindantes;
e) privativo o exclusivo: al lindero que pertenece a uno solo de los colindantes;
f) de cerramiento: al lindero de cerramiento forzoso, sea encaballado o contiguo;
g) de elevación: al lindero que excede la altura del muro de cerramiento;
h) enterrado: al ubicado debajo del nivel del suelo sin servir de cimiento a una construcción en la superficie.
Art.2006 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2006
Ver articulos:
Art. 2003 [Publicidad de la indivisión o su cese]
Art. 2004 [Indivisión forzosa sobre accesorios indispensables]
Art. 2005 [Uso de la cosa común]
Art. 2006 [Muro, cerco o foso]
Art. 2007 [Cerramiento forzoso urbano]
Art. 2008 [Muro de cerramiento forzoso]
Art. 2009 [Adquisición de la medianería]
El articulo-2006, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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