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Inicio >> Art.2006 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO IV - Condominio >>

CAPITULO 5 - Condominio con indivisión forzosa perdurable >

SECCION 2ª Condominio sobre muros, cercos y fosos >>

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ARTICULO 2006.-Muro, cerco o foso. El muro, cerco o foso se denomina: a) lindero, separativo o divisorio: al que demarca un inmueble y lo delimita del inmueble colindante; b) encaballado: al lindero que se asienta parcialmente en cada uno de los inmuebles colindantes; c) contiguo: al lindero que se asienta totalmente en uno de los inmuebles colindantes, de modo que el filo coincide con el límite separativo; d) medianero: al lindero que es común y pertenece en condominio a ambos colindantes; e) privativo o exclusivo: al lindero que pertenece a uno solo de los colindantes; f) de cerramiento: al lindero de cerramiento forzoso, sea encaballado o contiguo; g) de elevación: al lindero que excede la altura del muro de cerramiento; h) enterrado: al ubicado debajo del nivel del suelo sin servir de cimiento a una construcción en la superficie. Art.2006 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2006

Ver articulos:
Art. 2003 [Publicidad de la indivisión o su cese]
Art. 2004 [Indivisión forzosa sobre accesorios indispensables]
Art. 2005 [Uso de la cosa común]
Art. 2006 [Muro, cerco o foso]
Art. 2007 [Cerramiento forzoso urbano]
Art. 2008 [Muro de cerramiento forzoso]
Art. 2009 [Adquisición de la medianería]



El articulo-2006, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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