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Inicio >> Art.20 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO I - Persona humana >>

CAPITULO 1 - Comienzo de la existencia >

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ARTICULO 20.-Duración del embarazo. Epoca de la concepción. Epoca de la concepción es el lapso entre el máximo y el mínimo fijados para la duración del embarazo. Se presume, excepto prueba en contrario, que el máximo de tiempo del embarazo es de trescientos días y el mínimo de ciento ochenta, excluyendo el día del nacimiento. Art.20 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.20

Ver articulos:
Art. 17 [Derechos sobre el cuerpo humano]
Art. 18 [Derechos de las comunidades indígenas]
Art. 19 [Comienzo de la existencia]
Art. 20 [Duración del embarazo]
Art. 21 [Nacimiento con vida]
Art. 22 [Capacidad de derecho]
Art. 23 [Capacidad de ejercicio]



El articulo-20, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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