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LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO IV - Condominio >>

CAPITULO 1 - Disposiciones generales >

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ARTICULO 1983.-Condominio. Condominio es el derecho real de propiedad sobre una cosa que pertenece en común a varias personas y que corresponde a cada una por una parte indivisa. Las partes de los condóminos se presumen iguales, excepto que la ley o el título dispongan otra proporción. Art.1983 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1983

Ver articulos:
Art. 1980 [Excepción a distancias mínimas]
Art. 1981 [Privación de luces o vistas]
Art. 1982 [Arboles, arbustos u otras plantas]
Art. 1983 [Condominio]
Art. 1984 [Aplicaciones subsidiarias]
Art. 1985 [Destino de la cosa]
Art. 1986 [Uso y goce de la cosa]



El articulo-1983, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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