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LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

TITULO IV - Contratos en particular >>

CAPITULO 7 - Transporte >

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ARTICULO 1304.-Derechos del destinatario. Los derechos nacidos del contrato de transporte corresponden al destinatario desde que las cosas llegan a destino, o desde que, vencido el plazo del transporte, haya requerido la entrega al transportista. Sin embargo, el destinatario no puede ejercer tales derechos sino contra el pago al transportista de sus créditos derivados del transporte. Art.1304 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1304

Ver articulos:
Art. 1301 [Inoponibilidad]
Art. 1302 [Disposición de la carga]
Art. 1303 [Portador del segundo ejemplar]
Art. 1304 [Derechos del destinatario]
Art. 1305 [Puesta a disposición]
Art. 1306 [Entrega]
Art. 1307 [Impedimentos y retardo en la ejecución del transporte]



El articulo-1304, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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