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LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO I
- Persona humana
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CAPITULO 10
- Representación y asistencia. Tutela y curatela
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SECCION 2ª
Tutela
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Parágrafo 3°
Ejercicio de la tutela
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ARTICULO 125.-Fideicomiso y otras inversiones seguras. El juez también puede autorizar que los bienes sean transmitidos en fideicomiso a una entidad autorizada para ofrecerse públicamente como fiduciario, siempre que el tutelado sea el beneficiario. Asimismo, puede disponer otro tipo de inversiones seguras, previo dictamen técnico.
Art.125 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.125
Ver articulos:
Art. 122 [Derechos reales sobre bienes del tutelado]
Art. 123 [Forma de la venta]
Art. 124 [Dinero]
Art. 125 [Fideicomiso y otras inversiones seguras]
Art. 126 [Sociedad]
Art. 127 [Fondo de comercio]
Art. 128 [Retribución del tutor]
El articulo-125, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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