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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 1
- Compraventa
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SECCION 6ª
Compraventa de cosas muebles
>>
Parágrafo 1°
Precio
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ARTICULO 1143.-Silencio sobre el precio. Cuando el contrato ha sido válidamente celebrado, pero el precio no se ha señalado ni expresa ni tácitamente, ni se ha estipulado un medio para determinarlo, se considera, excepto indicación en contrario, que las partes han hecho referencia al precio generalmente cobrado en el momento de la celebración del contrato para tales mercaderías, vendidas en circunstancias semejantes, en el tráfico mercantil de que se trate.
Art.1143 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1143
Ver articulos:
Art. 1140 [Entrega de la cosa]
Art. 1141 [Enumeración]
Art. 1142 [Regla de interpretación]
Art. 1143 [Silencio sobre el precio]
Art. 1144 [Precio fijado por peso, número o medida]
Art. 1145 [Entrega de factura]
Art. 1146 [Obligación de entregar documentos]
El articulo-1143, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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