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Inicio >> Art.1140 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

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ARTICULO 1140.-Entrega de la cosa. La cosa debe entregarse con sus accesorios, libre de toda relación de poder y de oposición de tercero. Art.1140 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1140

Ver articulos:
Art. 1137 [Obligación de transferir]
Art. 1138 [Gastos de entrega]
Art. 1139 [Tiempo de entrega del inmueble]
Art. 1140 [Entrega de la cosa]
Art. 1141 [Enumeración]
Art. 1142 [Regla de interpretación]
Art. 1143 [Silencio sobre el precio]



El articulo-1140, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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