Codigo Aduanero >>
SECCION IV
EXPORTACION
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TITULO II
SALIDA DE LA MERCADERIA
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ARTICULO 402 .- – Será aplicable al depósito provisorio de exportación lo dispuesto en los artículos 201 a 210, 215 y 216.
Capitulo Segundo
Disposiciones generales
Ver articulos: 399 - 400 - 401 - 402 - 403 - 404 - 405 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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